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FAQS

1. ¿Qué es el autofinanciamiento?

Es un sistema que nos permite formar grupos de Clientes que pagan aportaciones mensuales para adquirir un bien de acuerdo a los procedimientos de adjudicación.

2. ¿Es un crédito?

No, este sistema de comercialización no es un crédito, ya que no existe cobro de intereses ordinarios, siendo que los propios integrantes del grupo, son los que se financian entre sí.

3. ¿Qué bienes puedo adquirir por Autofinanciamiento?

Motocicletas, automóviles o bienes inmuebles, ya sea casa, departamento, oficina, local comercial, bodega o lo que desees adquirir.

4. ¿Autofin cuenta con los permisos de las autoridades para operar el Sistema de Autofinanciamiento?

Contamos con los permisos y autorizaciones de la Secretaría de Economía y de la Procuraduría Federal del Consumidor, que son las instituciones que regulan las empresas que administran estos Sistemas de Comercialización.

5. ¿Cuáles son las características de un Grupo?

En los planes de adquisición para bienes inmuebles son grupos cerrados con vigencia de 180 meses y constituidos por 400 consumidores, cuyos valores son heterogéneos con la condicionante de que el de mayor valor no excederá del 200% al de menor valor, actualizándose el valor contratado con una tasa anualizada equivalente a CETES a 28 días, dividida entre 12 hasta la asignación del bien. A la entrega se congelará con el factor de actualización pactado en el contrato de adhesión.

6. ¿Cómo me inscribo a un plan de Autofinanciamiento?

En primera instancia se requisita una Solicitud de Contrato, se paga una cuota de inscripción, equivalente al porcentaje determinado en la carátula del contrato que se trate, así como la primer cuota mensual en su equivalencia al plan elegido y en su caso el seguro de vida.

7. ¿Cómo me protege mi seguro de vida?

A partir de que te integras a un Grupo estarás protegido con un Seguro de Vida para que en caso de fallecimiento o incapacidad total e invalidez se liquide el contrato a favor del beneficiario que hayas designado en tu Solicitud de Inscripción. Para estar protegido por este seguro deberás estar al corriente en tus pagos mensuales.

8.- ¿Qué es un integrante?

Es la calidad que se adquiere a partir de que es aceptado e incorporado a un grupo de consumidores dentro del Autofinanciamiento.

9. ¿Qué es un adjudicatario?

Característica que se tiene al momento de dejar de ser integrante, por haber obtenido el derecho de recibir el bien inmueble contratado y hasta antes de la asignación respectiva.

10. ¿Qué es un adjudicado?

Cuando se asigna el bien mueble o inmueble contratado se tiene la calidad de adjudicado, última etapa dentro del sistema de Autofinanciamiento.

11. ¿Y cómo me adjudico?

En el Plan Mi Casa la adjudicación obligatoria puedes realizarla desde el primer mes cubriendo 90 mensualidades puntuales y/o anticipadas. En caso de que decidas continuar realizando las aportaciones mensuales te adjudicaremos a más tardar cuando hayas realizado el pago de 60 mensualidades puntuales transcurridas de manera natural.

12. ¿Existe bonificación por pagos puntuales?

Sí en cada etapa existen grandes beneficios al anticipar mensualidades.

13. ¿Cómo, cuándo y dónde realizo mis pagos?

Los pagos deberán de realizarse conforme al talonario de pagos que se les entrega, en las instituciones bancarias ahí precisadas, teniendo como vencimiento los días cinco de cada mes, o en su caso, el día hábil siguiente, ya que si paga posterior a la fecha de vencimiento, además de ser un pago impuntual, tendrá que realizarlo con el valor presente del mes siguiente dada la actualización del monto contratado.

14. ¿Puedo adelantar pagos, existe penalización?

Sí, existe el anticipo de aportaciones periódicas, sin penalización alguna y ellas son aplicadas a los últimos vencimientos en sentido inverso, teniendo como descuento el seguro de vida, incapacidad permanente total e invalidez y como adjudicado se descontará el 50% del factor de actualización y el 100% de la cuota de administración, más el impuesto correspondiente.

15. ¿Cómo realizo el pago de mis mensualidades?

Desde la integración al Grupo se te proporcionará un talonario referenciado de pagos señalando las instituciones bancarias que pueden recibir los pagos a favor de Autofinanciamiento México, S.A. de C.V.

16. ¿Puedo aumentar o disminuir el monto contratado?

Si, únicamente lo puedes realizar en la etapa de Integrante, debiendo de estar al corriente en tus pagos y cuando menos diez días naturales antes de la reunión mensual de adjudicación, considerándose que no puedes exceder el límite máximo o mínimo del grupo, bajo la condición de que el monto contratado de mayor valor no excederá el 200% al de menor valor del grupo.

17. ¿Qué pasa si ya no puedo continuar en el plan de Autofinanciamiento?

El Contrato de Adhesión estipula que por la falta de pago de dos cuotas periódicas totales en su conjunto, procederá la rescisión descontándote como penalización tres mensualidades a valor histórico promedio, devolución a un plazo de treinta días.

18. ¿Qué pasa si decido cancelar?

Si decidieras cancelar tu contrato se te devolverá en un plazo de 30 días naturales el valor de tus mensualidades pagadas a valor histórico, menos tres aportaciones mensuales a valor promedio, además del seguro de vida.

19. ¿Qué requisitos debo presentar para la adquisición del bien inmueble que elegí?

Deberás presentar una carta de consentimiento y compromiso para la adquisición del inmueble que determine, además de satisfacer las siguientes garantías y requisitos:

  • Demostrar que el ingreso mensual que percibes es suficiente para pagar el valor de las cuotas periódicas totales pendientes de pago, debiendo demostrar que tu ingreso neto mensual es como mínimo cuatro veces el importe de tu cuota periódica total vigente.
  • Si cubriste menos del 32.4% del valor contratado (BIC), con tus aportaciones periódicas al fondo del grupo puntuales y/o anticipadas, deberás proporcionar un aval que sea propietario único de un inmueble libre de gravamen, inscrito en el Registro Público de la Propiedad, que quedará en garantía hipotecaria y cuyo valor en suma al del inmueble que se adquiere, garantice como mínimo dos veces el monto del adeudo pendiente.
  • Otorgar en Garantía Fiduciaria o Hipotecaria con fianza a nuestro favor, el bien inmueble adquirido.


Además de lo anterior la documentación que sea requerida por la notaria.

20. Una vez autorizada la compra del bien inmueble propuesto ¿Cuándo se escritura la compraventa?

Una vez teniendo el dictamen favorable y habiendo cumplido con los requisitos y garantías solicitados, enviaremos la documentación a la notaría que es designada por Autofin para efectuar los trámites necesarios ante el fiduciario para la firma de la escritura de adquisición del bien inmueble, la firma del contrato de fideicomiso de la garantía o garantía hipotecaría con fianza, ante la notaría correspondiente y el pago o pagos al vendedor del inmueble.

21. ¿Existen gastos extras independientes a mi mensualidad a pagar para la entrega del bien inmueble elegido?

Previa a la escrituración deberás firmar de conformidad tu hoja de ajuste, que precisa el valor adjudicado y aplicado de tu monto, la suma a pagar al vendedor del bien, gastos de escrituración, derechos de inscripción en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio, impuestos de la compra, honorarios del notario, gastos de avalúos, honorarios del fideicomiso de garantía fiduciaria o costos por hipoteca y fianza, así como el seguro contra daños, la diferencia que en su caso exista entre el 100% de tu monto y el valor del inmueble y el 2.8% de diferencia, para cubrir el 100%.

22. ¿Cuáles son las características del Seguro de Daños?

Los Seguros de Daños deben estar vigentes desde la entrega del bien adquirido con una cobertura amplia, que proteja el bien durante la vida de la operación. Autofin contratará por cuenta del cliente con la firma del Contrato de Adhesión.

23.- ¿Qué sucede si me atraso en el pago de mensualidades o renovaciones de la Póliza del Seguro Contra Daños?

Deberás de pagar una tasa por mora igual al 4% mensual más el impuesto correspondiente, así como los gastos generados para la recuperación del saldo insoluto.

24.- ¿Al concluir de pagar el total de las mensualidades pactadas qué continúa?

Una vez que realizó el total de los pagos convenidos, así como las renovaciones al Seguro contra Daños y que no exista ningún saldo insoluto pendiente, se emitirá la carta de liberación de Hipoteca a solicitud del cliente.